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Ley de servicios audiovisuales
Principales modificaciones al texto original de la propuesta de
Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
- Revisión de licencias. El artículo 38, en su redacción original, dispone que cada dos años se revisarán las licencias en poder de los adjudicatarios. La constatación bianual tendrá como único objetivo garantizar la pluralidad y limitar la concentración.
- Diferencias entre cableoperadores locales y cooperativas de servicios públicos. El artículo 23 excluye a las prestadoras de servicios públicos de la posibilidad de ofrecer comunicación audiovisual. En el artículo 25 se plantean las excepciones a esa regla. Se establece que las personas de existencia ideal sin fines de lucro, como las cooperativas, pueden dar esos servicios pero con una condición: antes deben solicitar un dictamen a la Comisión de Defensa de la Competencia, dado que las cooperativas no pueden quedarse con más del 35% del mercado.
- El triple play. La posibilidad de las telefónicas de brindar Internet, teléfono y cable en un mismo soporte, podrá ser viable si puede demostrar que el 70% de su capital es de origen argentino, entre otras exigencias
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